Consells y Cabildos: Arreglos de varias calles

21 de Mayo de 1769

Sucesivamente, hablaron en punto al buen conreo y composición de la calle de San Miguel, que sin embargo de ser de las más públicas y transitables de esta Villa, así por la inmediación da las Carnicerías como por estar junto a estas Casas Consistoriales y Plaza Mayor en que se celebran los días de mercado, mayormente, cuando sus vecinos apetecen su composición, por estar llena de hoyos, y grietas cuando admite toda comodidad, acordaron uniformemente se empedre y componga conforme se ha hecho en las demás calles públicas de esta Villa, y que su coste lo sea a proporción de las casas comprendidas en la referida calle, sin agravio de ninguno, pues por lo que toca a la que habitan los Alguaciles, que es propia de esta Villa, del importa que la corresponda, se haga libramiento contra el depositario de las rentas comunes, para que lo satisfaga en continente.

Libro de Cabildos, 1762-1771. AMA 000052_02, página 165.

30 de Agosto de 1770

En vista del memorial presentado por Pedro Sanz, Gregorio Gisbert, y demás contenidos en una lista adjunta, vecinos de esta villa y calle llamada de la Barbacana, por el que hacían presente, el piso desproporcionado de dicha calle, por los altos, bajos y pendientes que tiene, de suerte que son continuas las desgracias y caídas que continuamente acaecen a los habitadores de las misma y transeúntes.

Por cuyo motivo, y deseando evitar tan graves perjuicios y reducir dicho piso a la mejor proporción y situación, se habían convenido a satisfacer cada uno con respecto al sitio que su casa ocupa, a la composición de dicha calle, lo que no podían, ni deben efectuar, sin el previo permiso y licencia del Ayuntamiento, haciendo asimismo presente, como seis u ocho dueños de casas en la misma calle, no comprendidos en dicha lista, excusaban y repugnaban la satisfacción del tanto, que a proporción les pueda caber.

Y concluyeron suplicando se dignase dar su permiso y conocimiento para la composición y empedrado de dicha calle, a costas de los interesados y sin excepción, como fuere del agrado del Ayuntamiento, quien inteligenciado de su contenido acordó uniformemente el decreto siguiente:

Conceder la licencia para el empedrado de la calle que cita esta instancia, según y conforme ella, y para la visura de la misma y demás concerniente, se comisiona al Sr. D. Francisco Gisbert, y al S. Juan Llorens Diputado.

Libro de Cabildos, 1762-1771. AMA 000052_02, página 337.

20 de Septiembre de 1770

Así mismo, habiéndose propuesto por el mismo Señor Corregidor, que sobre el empedrado de la calle dicha la Barbacana, tenía algunas quejas de sus vecinos, en sí con el motivo de aquel y las líneas tiradas, quedaban unas casas altas y otras bajas con respecto a sus puertas y lindares.

Enterados dichos señores acordaron uniformemente se ejecute dicho empedrado, con la mira de que donde se haya de bajar cuatro palmos, sean tres, y donde tres, dos, y de esta manera, con alguna disminución, se disimule aquel defecto y proporcione la altitud.

Libro de Cabildos, 1762-1771. AMA 000052_02, página 359.

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