Consells y Cabildos: Ribazo del Molinar en ruina (II)

Resumen: La erosión del río Molinar y el riego de los huertos de las casas de la calle Mayor, provocaron la ruina del ribazo de la Villa.

Casi diez años después de comenzar el asunto de la ruina del ribazo del Molinar, todavía se seguía debatiendo en el Cabildo. En este caso, a Paula Sempere sí se le concede el uso del agua tras haber construido a sus costas una conducción directa al río.

1 de Agosto de 1753

Sobre que se le restituya el agua a Paula Sempere para el uso de su casa

Vieron un Memorial presentado por Paula Sempere, de estado beata, por el cual suplica se sirva este Ayuntamiento concederle el permiso de que se le restituya el agua de los desperdicios de la fuente del Jugador, que se le mandó quitar en años pasados por considerarse muy perjudicial y que era causa de las ruinas que habían acaecido en el ribazo que cae al paraje de la Covil, ofreciendo por ello el no regar el huerto de su casa, si únicamente que fluyendo en la balsa que tiene construida en dicho su huerto las obras y desperdicios los sacará por una androna bien pertrechada y fabricada por el maestro de la Villa al álveo del río del Molinar para que no cause el menor daño en la parte de dicho ribazo

En cuya vista y en la de que en años pasados la viuda de José Pericás y su hijo Francisco acudieron con representación al Capitán General del Reino querellándose de que teniendo su casa a la parte de dicho ribazo y amenazando este ruina, se le permitía a la casa de don Pascual Merita, qué está inmediata la antedicha, el uso de los desperdicios del agua de la fuente de la calle Mayor, que antes se le había mandado quitar por el recelo que había de que, así esta, como la de dicha Paula Sempere, eran el intremendo de dichas ruinas.

Uniformemente acordaron se mirase dicho Cabildo y que no oponiéndose en nada a lo mandado por su excelencia ni de restituirse se les siguiese daño alguno al común de la Villa se le concediese la licencia que pedía con la calidad y circunstancias expresadas en dicho Memorial.

Libro de Cabildos, 1753-1761. AMA 000051_01, página 25.

En este extracto se explicita la ruina del camino a la salida del portal de Penáguila. Haría diez años que estaría en mal estado, pero por lo visto la ruina total no la habría sufrido hasta ahora. También queda claro que la bajada de la calle Caracol, si bien no queda claro si surgió en estos años, sí que tomó carácter de vía de entrada y salida de la ciudad al arruinarse el camino principal.

1 de Julio de 1754

Reedificación del camino a la salida del Puente de Penáguila

Consecuentemente vieron una instancia puesta por los molineros y vecinos que tienen sus heredades y molinos por la salida del portal vulgarmente dicho de Penáguila para sus tierras y molinos, en que con el motivo de haberse derruido el camino en que por él se transitaba a dichos molinos y heredades, se les obliga a rodar para ir a ellas por la calle del Caracol.

Y concluyen, pidiendo ofreciéndose reedificar a su costa, y que vaya por donde antiguamente iba, sin que la Villa por eso costee cosa alguna.

En cuya vista acordaron la reedificación de dicho camino, con la condición de que por ello no se le siga perjuicio al común ni a particular alguno, y que para las obras que en él deban hacerse, deban los interesados en dicho camino contar con el señor Andrés Gisbert, a quien se comisiona en toda forma para la referida diligencia.

Libro de Cabildos, 1753-1761. AMA 000051_01, página 74.

En este extracto, además de lo que ya sabemos sobre las aguas de los huertos de la calle Mayor, también se nos informa de otro problema adicional en este ribazo: la existencia de dos surgencias de agua que lo debilitan aún más.

10 de Febrero de 1755

Ruinas a la salida de la villa

[…] Asimismo había mandado pasar a dichos peritos a que reconocieran el barrio nombrado vulgarmente de la Covil, y toda la parte del poblado que cae hacia el río del Molinar, en donde habían acaecido algunas ruinas y con especialidad la que acaeció en frente del huerto de la casa de Paula Sempere, y que habiéndolo visto y reconocido todo con la mayor atención, se habían explicado diciendo no discurrir otro más a propósito que el que se quiten las aguas destinadas para los riesgos de los huertos inmediatos a las casas del señor Andrés Gisbert, de Joseph Antonio Gisbert, de las referida Paula Sempere y de la recayente en la herencia de don Miguel Galiano, privándoles de su uso de riego de los huertecitos, porque como el ribazo es muy alto, de regar se sigue que transfundiéndose el agua por las venas de la tierra, humedece toda aquella parte, y el río que con su rapidez le va quitando el pie, hace se vaya desplomando todo aquel terreno y que con el tiempo lleguen las ruinas a las casas del poblado.

Pero que de no remediarse con pronto reparo el origen de las dos fuentes naturales que fluyen en mitad del ribazo que mira hacia el huerto de la casa de la referida Paula Sempere, buscándole su origen y conduciéndolas con conreo al referido río, precisamente han de suceder algunas ruinas por aquella parte con lo que dichas fuentes humedecen el terreno.

En cuya vista todos uniformemente acordaron […] respecto a los daños que se discurren a causa del riego de los huertecitos arriba referidos, se les mande no usen de esta hora en adelante de dichas aguas y se les quite el conducto por donde las encaminan a dichos huertos.

Y en atención a las dos fuentes naturales que fluyen en el ribazo en frente de la casa de Paula Sempere, luego que el tiempo se mejore, se proceda al descubrimiento de su nacimiento, encontrándose su origen se les dé el curso por donde menos daño causan, comisionando para estas diligencias y las demás de igual naturaleza al susodicho señor Agustín Ignacio Carbonell para que, echando mano de dichos peritos o de los que considerase a propósito, mande en su consecuencia los reparos más oportunos, así en dichos parajes como en los demás del continente de la Villa que considerase oportunos para la seguridad del poblado de ella, informando de todo a su tiempo en Cabildo para su aprobación.

Libro de Cabildos, 1753-1761. AMA 000051_01, página 121.

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