Consells y Cabildos: Ubicación de los mercados

Esta entrada es algo más larga, pero da muy buenas pistas sobre el aspecto y forma del Convento de San Agustín por el lado de la actual calle Mosén Torregrosa (el Vall). Aunque las descripciones no son perfectas, se habla de una «torre», de unos «huertecitos de las celdas», cerrados por una tapia y con una puerta en la parte inferior, y de una «fuente» y «plaza del Vall». Esta fuente debía estar situada en el cruce de San Lorenzo con San Francisco.

Ver también la entrada «Tapia en el Vall»

8 de Marzo de 1784

Sobre que vuelva el mercado a las plazas donde antes estaban

Por el regidor D. Juan Merita, se propuso y dijo: que se padecía mucha incomodidad por los vendedores de los comestibles que se traen a la Plaza del Mercado, por haberla variado tanto para el que se tiene los miércoles de cada semana, como para el diario desde la Plaza de la Villa y la de San Jorge donde de inmemorial se han celebrado, al Valle del Arrabal Nuevo junto al Convento de San Agustín, y pidió se vuelvan otra vez los mercados a sus antiguos sitios.

Y habiéndose manifestado que sobre este particular penden antecedentes en la escribanía de Ayuntamiento, se mandó se traigan para determinar en su vista.

Libro de Cabildos, 1781-1784. AMA 000056_02, página 175.

30 de Marzo de 1784

Sobre plazas de mercado y frutas

En conformidad de lo acordado en Cabildo de ocho de los corrientes sobre la propuesta del regidor D. Juan Merita de que vuelvan a sus sitios las plazas del mercado del feriado de miércoles y de la fruta, se han tenido presentes los antecedentes que se llamaron, y habiendo conferenciado sobre el asunto, hallaron por conveniente que el mercado del miércoles subsista en el Vall donde subsiste, el de frutas diario que se vuelva a la Plazuela de San Jorge, quedando en libertad los vendedores de hacer la venta diariamente en el Valle los que quieran, como en la de San Jorge, y para la ejecución resolvieron se solicite la aprobación del Real Acuerdo, y para hacerlo dieron comisión al regidor Vicente Gisbert.

Libro de Cabildos, 1781-1784. AMA 000056_02, página 187.

30 de Octubre de 1784

Sobre cubiertos en las plazas del Vall y de San Jorge

Por el Sr. Corregidor se propuso y dijo: que tiene hecho proyecto en utilidad y beneficio del común, de formar en la Plazuela de San Jorge un cubierto a dos vertientes dejando el paso libre a todas las calles, y lo mismo en el Vall desde la esquina de San Agustín junto a la fuente, a la parte de mediodía hasta doscientos pasos con lo ancho y hermosura posible, y también desde dicha esquina por los huertecitos de San Agustín abajo hasta la puerta de ellos, para colocar las caballerías de los vendedores forasteros, con lo cual a más de la comodidad de estos y de los compradores, resultará la abundancia por estas conveniencias; y también una lonja de granos si es posible a la esquina de San Agustín, junto a la fuente, por si llega el caso de necesitarse la actual para el trigo del Pósito; y lo ponía en noticia de la Villa para que manifestase si lo tenía por útil este pensamiento, o si halla algún reparo, como así mismo si la Villa ha acostumbrado cortar árboles del realengo para sus obras públicas sin pagar cosa alguna.

Y habiendo entendido dichos señores expusieron lo útil que sería a este común la ejecución de este pensamiento, y la necesidad de que se proporcione tanto por el provecho, como por la hermosura de los sitios, y que la Villa está en posesión de cortar del realengo de este término la madera de toda especie de árboles que ha necesitado para sus obras sin pagar cosa alguna, como consta en la escribanía de la Subdelegación de Montes, y de este particular mandó el Sr. Corregidor se le libre testimonio.

Libro de Cabildos, 1781-1784. AMA 000056_02, página 272.

14 de Diciembre de 1784

También ha hecho presente el Sr. Corregidor el despacho y carta que le ha dirigido el Sr. Intendente General de Marina de Cartagena, por el cual se le concede licencia para el corte de cincuenta y dos pinos y un olmo marcados y trescientos pinos boltones para las obras de la Escuela de Latinidad o de enseñanza de niñas, cárceles y cubiertos en las plazas del Vall y de San Jorge para comodidad de los vendedores de comestibles […]

Libro de Cabildos, 1781-1784. AMA 000056_02, página 283.

23 de Marzo de 1785

Sobre obras del mercado del Valle y solicitud del Convento de P.P. Agustinos

Con el motivo de haberse tratado en razón de Pósito, ha hehco presente el Sr. Corregidor que habiéndose dado algunas providencias para la ejecución de los cubiertos del mercado del Valle como está acordado, le ha hecho presente el Rev. Padre Prior del Convento de San Agustín de esta Villa, una escritura que se ha leído en este Cabildo, en virtud de la cual pretende que el sitio que forma una plazuela arrimada a la parte de la fuente del Valle, y a la superior de los huertecitos del Convento a la torre […]

Y en su inteligencia dijeron que siempre han visto usar de aquel terreno al público y nunca al Convento en posesión de él.

Libro de Cabildos, 1785-1788. AMA 000057_01, página 24.

7 de Junio de 1785

Oficio del P. Prior de San Agustín, y su respuesta acerca de las obras del mercado del Vall

Por el Sr. Corregidor se hizo presente un oficio o copia testimoniada de él, que ha pasado al Rev. Padre Prior del Convento de San Agustín de esta Villa, en conformidad de lo tratado en Ayuntamiento, en razón de las obras que van a hacerse en el sitio llamado el Vall detrás de los huertecitos de las celdas, y la respuesta dada por dicho Rev. Padre Prior.[…]

Libro de Cabildos, 1785-1788. AMA 000057_01, página 52.

17 de Junio de 1785

Sobre transacción entre la Villa y Convento de San Agustín en razón de la rinconada que se expresa

Por el Sr. Corregidor se hizo presente: que a consecuencia de lo ya acordado sobre las obras que se han de hacer en la plaza del Vall, y que el Convento de Agustinos solicita tener dcho. a la rinconada de la torre, […]

Que desde luego se pueden ejecutar las obras proyectadas prosiguiendo el Convento la pared que cerca los huertos línea recta hasta la esquina de la torre, y en este sitio podrá ejecutar dicho Convento la obra que le pareciese, echando las aguas a dichos huertos o a la plaza del Vall, tolerando el Convento el que se cargue sobre la nueva pared que se ha de hacer, y la que cerca todos los huertos, lo necesario para echar las aguas vertientes a la calle, que será como unos ocho palmos poco más o menos, cediendo el Convento a favor de dichas obras públicas el tanto que podía pedir de la mitad de la pared medianera, con la condición de que si en adelante hubiese algún quebranto en la pared por no haberla ejecutado más que para cerca, y proviniese de haber cargado, daba de ser de cuenta de la Villa su composición; y respecto de haber unos tejados que vierten el agua a la calle y salen del huerto, y que deben precisamente mudarse pare echarlas al citado huerto, que parecía regular se hiciese a cuenta de las obras públicas, y que para todo esto se podía formalizar una escritura con acuerdo de ambos cuerpos […].

Libro de Cabildos, 1785-1788. AMA 000057_01, página 55.

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